¿Saltarse la reja?
El acceso a las montañas de RM

Chile es un país de montañas. Según los datos del Ministerio de Bienes Nacionales, Chile continental posee 74.900.000 hectáreas, de las cuales 47.767.300 equivalen a superficie de montañas y de ellas 29.245.342,52 son fiscales en zonas o ambientes de montaña, representando 70% del territorio que le pertenece a todos los chilenos y chilenas.

Con tantas tierras disponibles, rápidamente miles y miles de hectáreas se han ido privatizando y con ello se han multiplicado las rejas, portones o letreros, cuya finalidad no es otra más que prohibir el paso a los caminantes que quieren acceder a los cerros de la Región Metropolitana donde la superficie fiscal corresponde al 10,3% del país.

Esto es posible y legal, ya que en Chile al igual que como uno compra una casa o una parcela, se puede comprar un cerro o un volcán. La consecuencia es que, en la región, un alto porcentaje de los cerros y montañas están en manos de privados. Con esto millones de personas tienen la entrada prohibida y se ven enfrentados un difícil dilema: saltarse o no la reja y con esto violar al derecho a la propiedad privada, garantizado en la ley.

Pero la siguiente pregunta es ¿Qué pasa con el derecho a disfrutar de la naturaleza o al patrimonio natural de un país? Hasta ahora es una respuesta que la ley no ha podido entregar en caso de los terrenos privados y tampoco ha podido estandarizar en caso de los que pertenecen al Estado.

Para conocer más de la problemática, escucha este podcast donde amantes de la naturaleza cuentan cómo enfrentan las prohibiciones de ingreso y cómo se podría avanzar en garantizar a todos los chilenos y chilenas un acceso más democrático a las montañas ¡Dale play!

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Catastro

¿Sabes cuántas montañas en la Región Metropolitana tienen restringidas sus entradas?

Según el Catastro Nacional de Restricciones de Acceso a la Montaña realizado en 2018 por la Fundación Plantae, una ONG que “promueve la conservación, acceso y uso consciente de los espacios naturales”, existen  cerca de 300 restricciones de acceso a cumbres y zonas de montaña, y la mayoría de los casos se concentra en la Región Metropolitana.

Según la “Información Sistematizada por el equipo de Información Territorial de la Unidad de Coordinación provincial y comunal de la Seremi Minvu de la Región Metropolitana” de 2016, en la región existen 62 cerros islas, de los cuales 26 están dentro del área urbana de Santiago, sumando un área de 5.000 hectáreas de superficie libre.

Catastro cerros de la Región Metropolitana

Según la Fundación Plantae, en la Región Metropolitana, se concentra la mayor cantidad de restricciones (27% del total) cuyas principales razones se relacionan con la alta privatización del territorio y la falta de cultura de naturaleza. Datos de la Fundación +1000 señala que solo en la comuna de Lo Barnechea desde 2016 se han clausurado once puntos de acceso a la montaña, lo que se traduce en una reducción del 38%.

Fuente: Fundación Plantae y elaboración propia

El 70% de las montañas chilenas es de propiedad estatal y el 30% está en manos de privados. El hecho de que un terreno sea fiscal no ha significado necesariamente que estos sean de acceso libre, como lo son los bienes nacionales de uso público. Esto se ha visto plasmado en que los dueños de los terrenos han restringido el paso con cierres, cobros y/o protocolos algunas veces en forma justificada, debido a la precaria cultura de montaña que se aprecia en el país y las malas conductas de los visitantes, y otras tantas, injustificada.

Esta situación se ha visto agravada con la creciente demanda ciudadana por acceder a estos espacios abiertos, sobre todo considerando el crecimiento que han tenido actividades como el trekking y el montañismo en los últimos años.

Un ejemplo de esto es lo que ocurre en la Región Metropolitana la que cuenta con escasas áreas protegidas del Estado con acceso público y, además, el valle cordillerano está altamente privatizado y fragmentado. De hecho, según datos de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO),  el 63,8% del territorio de Chile es de montaña, y de ese porcentaje, el 40% tiene dueño privado.

Un caso emblemático es lo que ocurre con el proyecto Sendero de Chile, iniciado por el gobierno del ex Presidente Ricardo Lagos Escobar en 2001. Hasta 2006, se habían habilitado 38 tramos del Sendero de Chile, contabilizando 1.500 km lineales de su recorrido proyectado. Sin embargo, “un 65% del trazado proyectado pasaba por predios particulares, cuyos propietarios no conocían la iniciativa ni valoraban sus beneficios potenciales; tampoco estaba claro quiénes se encargarían de la mantención de los senderos una vez habilitados”.

El verdadero problema no es la cumbre de la montaña, sino la forma cómo llegar a ella. Según el último catastro de la Fundación Plantae se concluyó que en todas las regiones de Chile existían restricciones de acceso y el 81% de las restricciones totales ocurría en propiedad privada y 19% en territorios fiscales y que de él 75% correspondía a áreas acogidas al Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE).

Accesos privados se interponen en rutas al relieve del Gran Santiago

El San Cristóbal es el cerro más reconocido de Santiago y la cumbre emblema del Parque Metropolitano de Santiago (Parquemet), el parque urbano más grande de Latinoamérica con sus seis cerros, el San Cristóbal, Chacarillas, Los Gemelos, La Pirámide, El Carbón y Polanco, también El Carbón o El Pochoco, ubicado en el sector de El Arrayán, en la comuna de Lo Barnechea.

Cuando se mira la ciudad desde un avión o desde el mismo San Cristóbal, inmediatamente se ve que hay muchas más cumbres, entre estas el Tupungato, San José y Maipo, Nevado de los Piuquenes, cerro Juncal y el cerro Plomo. El cordón de los cerros del Roble, La Campana, Vizcachas, El Roble Alto, los altos de Chicauma y Lipangue, que se han visto limitados por el acceso o solo puede hacerse tras cumplir estrictos protocolos.

La montaña está prohibida tangiblemente desde el punto de vista del acceso, en algunos casos argumentando que se debe a la falta de educación por parte de los visitantes, en otros caso también puede ser debido a estrictos protocolos de seguridad.

Esto es lo que ocurre en los valles del río Olivares y Colorado, si bien estos son terrenos fiscales (es la zona donde la campaña Queremos Parque pide crear un parque nacional de 142.000 hectáreas), para llegar a ellos hay que cumplir con un estricto protocolo del Ministerio de Bienes Nacionales —con reglas excluyentes, como pertenecer a la Federación de Andinismo— y presentar esa autorización en el portón controlado por la empresa AES Gener, que tiene operaciones hidroeléctricas en la entrada de estos valles.

El valle de Las Arenas, ubicado a los pies del Volcán San José, cerca de las localidades de Lo Valdés y Baños Morales, en el Cajón del Maipo también opera con un acceso controlado, sus dueños lo manejan como un parque privado. Para solicitar acceso a Parque Arenas, se debe enviar un electrónico a parquearenas@gmail.com con 24 horas de anticipación antes de la llegada y solo se reciben solicitudes hasta el viernes o días hábiles.

¿Qué se ha hecho?

En Chile, hasta ahora no ha existido un intento satisfactorio por parte de la normativa para realizar cambios sustanciales con relación al tratamiento jurídico que recibe el acceso a las montañas en el Código Civil.

Según señala el artículo 589 “se llaman bienes nacionales aquellos cuyo dominio pertenece a la nación toda. Si además su uso pertenece a todos los habitantes de la nación, como el de calles, plazas, puentes y caminos, el mar adyacente y sus playas, se llaman bienes nacionales de uso o bienes públicos. Los bienes nacionales cuyo uso no pertenece generalmente a los habitantes, se llaman bienes del Estado o bienes fiscales”.

Este sería el caso de las montañas, las que no pueden ser consideradas como bienes comunes y tampoco se pueden calificar en sí mismas como bienes nacionales de uso público, ya que es factible comprar este espacio y restringir unilateralmente el ingreso a ellas. Para proporcionar el acceso público a las montañas, el propósito sería dar a la población espacios de recreación, ya que la montaña sería considerada como el destino que busca garantizar.

El Código Civil y el Código de Minería contemplan un binomio para indicar las condiciones de acceso público a un inmueble sin permiso del dueño, ya que este sector productivo tiene consideraciones especiales de interés público sobre el uso de la montaña.

Mirada internacional

En otros países del mundo la situación es diferente, el derecho de acceso se ha desarrollado principalmente en países del norte de Europa y en los anglosajones en general. Existe el llamado “derecho de acceso público a la naturaleza” también llamado “derecho de acceso común” que en términos simples consiste en el derecho a transitar y pernoctar breve y temporalmente en terrenos abiertos, incluso de propiedad privada, con fines de recreación y ejercicio.

En Suecia existe el “Allemansrätten”, un acceso público a la naturaleza con limitantes. Se permite el derecho a acampar de forma libre con la limitante de no acercarte a menos de 70 metros a terrenos cultivados o construcciones. Esto es el “Right to Roam”, el derecho a deambular, la libertad para estar presente en la naturaleza.

Actividades como pernoctar en las montañas, junto a los lagos, son posibles. El único pago que se necesita es el respeto por la naturaleza y su fauna. Países como, Islandia, Bielorrusia, e Inglaterra tienen modelos parecidos. Sin embargo, a nivel latinoamericano como en Argentina, el tema ha sido incipiente, aunque ha cobrado importancia en los últimos años.

¿En qué estamos?

En 2019, se ingresó el proyecto de ley que busca “establecer normas sobre el acceso a territorios de alta montaña o altas cumbres” que se nombró como Ley Juan Pablo Mohr, en honor al montañista que desapareció y perdió la vida mientras intentaba escalar el K2 en Pakistán. Este se encuentra en la Comisión de Vivienda del Senado.

La propuesta original planteaba el establecimiento de un derecho de acceso responsable y consciente a los territorios de montaña, la regulación de acceso a territorios fiscales o áreas protegidas del Estado.

Con este proyecto de ley se buscaba, originalmente, definir cuáles son los territorios de alta montaña y sus vías de acceso, y crear un Catastro de Accesos a la Montaña.

Christian Moscoso, Director Regional de Acceso Panam en Chile, considera que “es un mal proyecto” y que a pesar de los cambios que se han hecho al proyecto de ley general, la propuesta no soluciona el tema fundamental que es el otorgar como un derecho el acceso a la naturaleza.

Por su parte, Fundación Plantae considera que el proyecto no trata el tema de fondo y hace que el Estado se desentienda de su rol de administrador del territorio fiscal y promotor del bienestar.

En esto, Plantae y Acceso Panam concuerdan en que el proyecto que actualmente se está tramitando pueda llevar a una turistificación de la montaña.

Borrador Nueva Constitución

En el artículo 19 de la 5ª Comisión de la Convención Constitucional en el capítulo de Medio Ambiente y Crisis Climática se contempla el “Acceso responsable a la Naturaleza”.

De ser aprobado el Borrador de la Nueva Constitución buscaría garantizar el reconocimiento a todas las personas el derecho de acceso responsable y universal a las montañas, riberas de ríos, mar, playas, lagos, lagunas y humedales, entre otros que defina la ley. Además se regularía el ejercicio de este derecho, las obligaciones de los propietarios aledaños y el régimen de responsabilidad aplicables.

¿Existe el ideal?

Tras los intentos fallidos de regular el acceso a la montaña desde el Congreso, no son pocas las ideas de cómo debería ser la normativa en Chile. Al menos hasta ahora existe un consenso general entre autoridades y fundaciones que trabajan el tema, que la ciudadanía se ha volcado a la naturaleza lo que ha traído adicionalmente un beneficio en la salud mental.

Si bien, en cierto sector existe una visión crítica sobre el concepto de propiedad privada y la posibilidad que una persona sea dueño de un cerro, el llamado ha sido a que por más que una montaña esté privatizada, los beneficios para la ciudadanía trascienden al propietario, en términos de agua potable, salud mental, recreación, entre otros.

Hasta ahora por el lado legislativo la alternativa ha sido el proyecto de ley que “establece normas sobre acceso a territorios de alta montaña o de altas cumbres” del ex diputado Sebastián Torrealba, que actualmente se encuentra en segundo trámite legislativo en la Comisión de Vivienda del Senado, y que el ex parlamentario lo ha definido como un proyecto que “lo que hace, es obligar a los privados a entregar una servidumbre de paso y no se niega que los privados cuando den accesos, puedan cobrar”. (Escuchar audio)

Es aquí donde no ha convencido a fundaciones como Plantae, los que aseguran que si bien es “un mínimo avance”, declaran estar preocupados por la posibilidad que esto se “traduzca solo en un sistema gradual de habilitación de vías de ingreso (puntos específicos) a las altas cumbres en terrenos fiscales, y diste de un derecho efectivo para acceder a nuestros territorios de montaña”.

Dentro de sus críticas se cuentan que solo aplica a territorio fiscal; que no permite acceso a montaña fiscal concesionada donde se desarrollen actividades industriales; no asegura el acceso si hay que pasar por territorios privados; apunta a la habilitación de zonas o puntos “concretos” para ejercer el derecho, pero que el derecho está sujeto a protocolos/reglamento de ley aun no descritos. Pero sobre todo, advierten que la iniciativa está destinada a concesiones los accesos -aunque no lo diga muy claramente-. Con esto el Estado se desentendería de su rol administrador del territorio fiscal y promotor del bienestar y dichas concesiones podrían entenderse como un gesto hacia la turistificación de las montañas.

Desde la Fundación se plantea establecer tres pilares: el trabajo para que la propiedad fiscal por ley sea de libre acceso (responsable y consciente); de ser privada, promover que los propietarios generen protocolos de acceso y que el Estado los obligue a contar con servidumbres de paso para llegar a cerros fiscales; y la generación de una cultura de naturaleza. (Escuchar audio)

Por su parte Acceso PanAm, es igualmente crítico del proyecto de ley. El director regional en Chile, Christian Mosoco, asegura que “no da solución al acceso propiamente tal” y advierte que de lo único que se preocupa es de generar las bases para entregar en licitaciones o concesiones el territorio fiscal de montaña, lo que sienta las bases para generar a través de proyectos que turistifican la licitación de montañas.

Han asegurado que tienen indicaciones, las cuales están conversando con senadores para encontrar un patrocinio en base a que se releve la importancia mínima de reconocer el derecho de acceso a la naturaleza, y en el caso de que se entreguen concesiones que estas no incluyan el potencial cobro de acceso, sólo de infraestructura.

Además, Moscoso ha valorado las reuniones que sostuvieron con distintos constituyentes para compartir información y aclarar dudas. Si bien, luego de la aprobación del artículo 19 del capítulo de Medio Ambiente y Crisis Climática del Borrador de la Nueva Constitución, creen que pudo haber sido “más jugado”. Si bien, se considera que el gran aporte es el reconocimiento del derecho a visitar la naturaleza y que se amplía lo que se entiende por naturaleza como playas, ríos, glaciares, humedales (Escuchar audio). Al mismo tiempo, indica que tienen expectativas de cómo se va a ir dando las conversaciones para generar los reglamentos y las leyes que hagan concreto este derecho.